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? Reducción de la siniestralidad laboral gracias a la identificación, evaluación, análisis y control de los riesgos asociados a cada puesto de trabajo. De esta manera se evitan las causas que provocan accidentes y enfermedades profesionales, lo cual repercute en un incremento de la rentabilidad y productividad de las empresas.
? Percepción de un entorno más seguro por parte de empleados y grupos de interés, como los proveedores y los sindicatos. Esta línea de actuación que supone un incremento del bienestar y satisfacción de los trabajadores, posibilitando la fidelidad y retención de los miembros del equipo de trabajo más capaces y talentosos.
? Ahorro de costes por bajas, sustituciones e interrupciones laborales innecesarias, consiguiendo así una fluida continuidad de la empresa.
? La adopción de una norma como la OHSAS 18001, que fundamenta los Sistemas de Gestión y Seguridad y Salud en el Trabajo permite satisfacer la legislación vigente en cada país y sector, lo que conlleva la eliminación o disminución considerable de multas y sanciones administrativas derivadas de su incumplimiento.
La norma OHSAS 18001 se fundamenta en la legislación, normativa y mandatos legales de los distintos países y sectores, siendo sus principales referencias.
? Las normativas y especificaciones técnicas de cada sector laboral.
? Las Leyes de Prevención y Riesgos laborales de cada país.
? Los Institutos de Seguridad e Higiene de los distintos países y regiones.
? Las normas internacionales.
LEGISLACION COLOMBIANA
En el decreto 1072 se definen requisitos de obligatorio cumplimiento que conlleva que las organizaciones deben implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). La organización debe sustituir o reemplazar su Programa de Salud Ocupacional (PSO) definido en la Resolución 1016 de marzo de 1989 y comenzar a desarrollar el nuevo modelo basado en un SG-SST. Dicho decreto se aplica a cualquier tipo de organización, ya sea pública o privada, con cualquier número de trabajadores, que contraten personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, etc.
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